¿CÓMO SE REALIZA LA CESIÓN DE HABERES PARA EMPLEADOS PÚBLICOS PROVINCIALES PARA EL PAGO DE IMPUESTOS DE LA DGR?

Los Agentes de la Administración Pública Provincial tienen el beneficio de pagar el Impuesto a los Automotores y Remolcados y/o el Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural mediante la Cesión de sus Haberes, para lo cual deberán:

  1. Completar el Formulario “Solicitud de Adhesión al Régimen de Cesión de Haberes para el Pago de Impuestos Provinciales” que se encuentra en el anexo II de la RG Nº 5/2003, y
  2. Presentarlo ante el Habilitado Contable de la Repartición Pública a la que pertenece, en el mes de Noviembre de cada año.

 

  • La cesión de haberes se hará efectiva en el período fiscal siguiente al de su solicitud; renovándose anual y voluntariamente.
  • Los inmuebles por los que se desee abonar el impuesto, pueden ser de propiedad del Agente o de familiares directos. También se puede incluir el padrón de su vivienda actual del agente, aunque el titular sea un tercero (por ejemplo, en caso de alquiler); y su rodado aunque no haya realizado la transferencia.
  • Esta modalidad de pago beneficia al Empleado Público con un descuento del 20% sobre el monto del impuesto, a pagar en doce (12) cuotas iguales y sin interés.