1) ¿QUIÉNES SON LOS SUJETOS OBLIGADOS A ACTUAR COMO AGENTES DE PERCEPCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS?

Resolución General Nº 17/98:

Artículo 1º: Establécese un régimen de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que será de aplicación para los contribuyentes y/o responsables designados como AGENTES DE PERCEPCIÓN por la Dirección General de Rentas.